ESTADO DE MÉXICO.- El recuento voto por voto y casilla por casilla no existe en el Código Electoral del Estado de México ni en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), por lo que la demanda del presidente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, no procede, aseveró Luis Carlos Ugalde, expresidente del Instituto Federal Electoral (IFE), hoy Instituto Nacional Electoral (INE).
En entrevista con El Financiero, explicó que las causales para que se abran los paquetes electorales son, entre otras, que la diferencia entre el primero y el segundo lugar sea menos de uno por ciento; si a nivel de casilla hay más votos nulos que la diferencia entre el primero y el segundo lugar, y también si hay inconsistencias en las actas. "Pero esto que pide López Obrador no existe en la ley, y eso le van a decir en el Instituto Estatal Electoral (IEEM)", insistió.
De acuerdo con el artículo 358 del Código Electoral del Estado de México, se considerará objeción fundada cuando los resultados de las actas finales de escrutinio y cómputo que obren en el paquete, y las que estén en poder del Consejo, no coincidan o sean ilegibles, y cuando el total de boletas extraídas de las urnas no coincida con el número total de los ciudadanos en la lista nominal que votaron, y la diferencia sea determinante para el resultado de la casilla.
Asimismo, cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugar en votación; cuando todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido político o coalición; cuando no exista el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla ni obrare en poder del Presidente del Consejo, y cuando existan alteraciones evidentes en los distintos elementos de las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quien lo haya solicitado.
También contempla la apertura de los paquetes distritales cuando al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del partido o candidato independiente, que postuló al segundo de los candidatos antes señalados, y exista indicio de que la diferencia entre el candidato presunto ganador y el ubicado en segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual de la votación válida emitida en el distrito.
De acuerdo con Luis Carlos Ugalde, esto es a nivel de distrito y procede sólo a petición de los partidos punteros. Agregó que a raíz del proceso electoral del 2006, cuando se dio la exigencia de Andrés Manuel López Obrador, de abrir la totalidad de las casillas para el recuento voto por voto, se realizaron reformas a la ley en 2007, quedando como está en la actualidad, donde se ampliaron las causales, pero en ningún apartado contempla el recuento voto por voto, casilla por casilla. La apertura al 100 por ciento no existe.