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¿Qué sigue para Puebla tras la muerte de la gobernadora Martha Erika Alonso?

La constitución del estado señala en su artículo 57 los pasos a seguir tras el fallecimiento de la mandataria.

La gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso, falleció este lunes luego de que se desplomara el helicóptero en el que viajaba junto a su esposo el exgobernador Rafael Moreno Valle.

¿Qué sigue en el Gobierno de Puebla?

Alonso asumió el cargo apenas el pasado 14 de diciembre, luego de un largo conflicto poselectoral y acusaciones de Morena y su candidato, Miguel Barbosa, de un fraude electoral.

La Constitución del estado señala que en caso de falta absoluta de la gobernadora, dentro de los primeros dos años de su gestión, el Congreso nombrará un mandatario interino y posteriormente convocar a elecciones.

La convocatoria a elecciones debe darse dentro de los 10 días siguientes al nombramiento del gobernador interino.

"Entre su fecha y la que se señale para verificar la elección ha de mediar un plazo no menor de tres meses ni mayor de cinco. El Gobernador electo tomará posesión diez días después del escrutinio, cómputo y declaración que se haga en términos de Ley".

Quien resulte ganador de la elección gobernará por el tiempo que le restaba a Alonso, que son los próximos 6 años.

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