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Salario mínimo debe ir vinculado con derechos humanos: CNDH

El organismo dijo que durante la recuperación gradual y sostenida del poder adquisitivo de los salarios mínimos, se debe asegurar un monto para que los trabajadores que perciben uno, y sus familias, vivan dignamente.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) consideró que uno de los derechos humanos de toda persona consiste en percibir una remuneración por su actividad laboral.

"En México, el núcleo esencial de ese derecho se refleja de manera primordial en el salario mínimo, figura reconocida por la Constitución y la normatividad secundaria a través de la cual se refuerza la garantía de un mínimo vital a favor de un importante sector de la población", indicó.

Con el propósito de coadyuvar al análisis y las acciones encaminadas al fortalecimiento progresivo del salario mínimo, emitió un documento que aborda el vínculo con los derechos humanos, a través del cual busca acercar a la población, autoridades y actores involucrados, elementos y estándares jurídicos de fuente nacional e internacional en la materia.

En ese contexto, la CNDH reafirmó la necesidad de que la política de recuperación gradual y sostenida del poder adquisitivo de los salarios mínimos generales y profesionales, sea un elemento que asegure que su monto sea adecuado para que los trabajadores que perciben el equivalente a uno solo, así como sus familias, vivan dignamente, favoreciendo el goce y disfrute de sus derechos humanos.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México, para el primer trimestre de 2016, la cifra de trabajadores cuyos ingresos fueron hasta de un salario mínimo general o menos, ascendió a 3 millones 875 mil 98. De este sector, el 91 por ciento se encontraba en situación de informalidad, es decir, su vínculo laboral no es reconocido por su empleador o patrón, ni gozaba de otras prestaciones.

Como parte de sus conclusiones, la CNDH sostiene que la problemática de las personas cuyos ingresos no alcanzan a cubrir para sí ni para su familia las necesidades normales en el orden material, social, cultural y educativo, hacen necesario enfatizar que la suficiencia del salario mínimo general es un tema de derechos humanos.

Lo anterior, cuando un monto que no asegure la cobertura de los satisfactores más elementales para vivir dignamente impide la realización de diversos derechos básicos.

La suficiencia del salario mínimo y el acceso a prestaciones laborales complementarias son elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre trabajadores; a la protección de la niñez, de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, dicho enfoque debe tomarse en cuenta en los procedimientos que sean llevados a cabo para determinar el monto de dicha remuneración.

Por último, no debe perderse de vista que el Estado tiene un deber primario de respeto hacia los derechos humanos, pero que en su misión de protección de tales derechos ha de realizar las acciones necesarias para que, en el esquema de su participación en la fijación del salario mínimo, sectores como el empresarial o el sindical, otorguen la debida prioridad a la salvaguarda de la dignidad humana.

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