CIUDAD DE MÉXICO. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que propietarios de automóviles modelo 2007 y anteriores pueda acceder, a través del juicio de amparo, al holograma de verificación cero que le permite utilizar la unidad todos los días.
El requisito es que el dueño demuestre que los niveles de contaminantes que emite la unidad a verificar están por debajo de los estándares máximos permitidos por las autoridades.
Al resolver la contradicción de tesis 88/2015, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN dijeron que anular dicha posibilidad viola el derecho fundamental del ciudadano a la igualdad, previsto en el artículo primero de la Constitución de la República.
"Sí es posible otorgar la suspensión, en tanto se resuelve el fondo del asunto, pues con ello no se afecta el interés social ni se contravienen disposiciones de orden público", dijeron los ministros.
La decisión del Tribunal Constitucional sentó jurisprudencia por lo que este criterio servirá de guía para todos los jueces y magistrados del país, tanto federales como locales, incluyendo los relacionados con temas administrativos.
En su resolución, los ministros explicaron que el programa de verificación vehicular únicamente tiene el efecto de que, previo el pago de derechos, el ciudadano verifique su vehículo y obtenga el holograma.
Asimismo, detallaron que el otorgamiento del holograma cero está supeditado al nivel de contaminantes que emita el automóvil, según los niveles que establece el propio programa, y sin importar el año del vehículo sometido a la prueba.
"Esto garantiza el respecto al interés colectivo, pues la obtención de determinado holograma, estará siempre condicionada al resultado que arroje el examen técnico a que se someta el vehículo", insistieron.
Los ministros aclararon que esta resolución no significa que la suspensión definitiva concedida permitirá que el ciudadano pueda obtener automáticamente el holograma cero, ni ningún otro.
"Únicamente implica que si cumple con las especificaciones de los niveles de emisión señalados para obtener determinado holograma, el año de su vehículo no será impedimento para que éste le sea asignado", agregaron.
Advirtieron que esta determinación permite seguir cumpliendo con el objetivo del programa, que es regular la emisión de contaminantes para la protección del medio ambiente y que se respete el derecho del ciudadano a que se mantengan las cosas en el estado que guardaban en tanto el juez de distrito resuelve el fondo del juicio de amparo, a la luz de derecho fundamental de igualdad.