CIUDAD DE MÉXICO.- En los últimos 10 años, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ha vendido 766 millones 837 mil pesos en armamento, que han ingresado a la dependencia, mediante la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones, en ese lapso.
Además, el número de personas que acude a la Secretaría, para adquirir armas o municiones, ha crecido en la última década.
La información, obtenida por El Financiero mediante la solicitud de transparencia 0000700139615, señala que de enero de 2005 a julio de 2015, el monto obtenido por la venta de armas tuvo una tendencia creciente, donde 2012 y 2014, fueron los puntos más altos, pues superaron los 110 millones de pesos al año; mientras que en 2005 y 2006 (primeros años de las estadísticas) apenas se contabilizaban de 14 a 11 millones, respectivamente.
De acuerdo con la Constitución, los ciudadanos "tienen la garantía constitucional de poseer armas en sus domicilios para su seguridad y legítima defensa", señala el portal de la Sedena.
En ella, se destaca que "para atender esa prerrogativa, el 11 de abril de 1995, se publicó en el D.O.F., por decreto presidencial, la facultad de la Secretaría de la Defensa Nacional para enajenar, importar y exportar armas, municiones y equipo conexo, entre otras atribuciones más" y por ello fue creada la entonces Unidad de Comercialización de Armamento y Municiones (U.C.A.M.).
Estas armas han sido vendidas a cuerpos de Seguridad Pública, empresas de seguridad privada, así como "individuos de las Fuerzas Armadas, tiradores deportivos, cazadores, trabajadores del campo y un gran número de ciudadanos".
Las estadísticas de la Sedena también señalan que de los 3 mil 76 civiles que actualmente, y sin integrar alguna agrupación policiaca, pueden portar un arma de fuego en el país, la mayoría se encuentran en cinco estados: el DF, con mil 698 permisos; Nuevo León, 576; el Estado de México, con 286; Jalisco, 101 y Querétaro 90.
Para adquirir un arma o municiones, es necesario que los interesados se presenten con el permiso expedido –previamente– por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos y cubrir el importe de los artículos.
Si se trata de un civil, sólo se puede contar con un permiso para guardar el arma en casa y no tener antecedentes penales, llevar comprobantes de domicilio y cartas de recomendación, pero no asegura el permiso.
El dinero recaudado de la venta es entregado a la Tesorería de la Federación con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley General de Ingresos y que no percibe utilidades.