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Edil del PRD presenta, ante SCJN, controversia contra Graco

Autoridades de Tlaquiltenango, Morelos, interpusieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Controversia Constitucional contra el Mando Único Policial.

La Controversia Constitucional contra el Mando Único, anunciada el martes por Enrique Alonso Plascencia, alcalde perredista de Tlaquiltenango, Morelos, se recibió ayer a las 17:20 horas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El recurso fue promovido contra la decisión de Graco Ramírez, gobernador de Morelos, también de extracción perredista, de disolver la policía municipal en esa entidad e imponer por decreto el Mando Único.

La decisión del gobernador fue asumida tras el homicidio de la alcaldesa de Temixco, Gisela Mota, el pasado 2 de enero y aplicable para 15 de los 33 municipios de ese estado. Hasta ahora, sólo las autoridades de Tlaquiltenango han impugnado.

En la Controversia Constitucional promovida ayer se advierte que esta imposición viola los artículos 21 y 115 de la Constitución y deja en estado de indefensión y vulnerabilidad a los municipios.

Asimismo, recordó que él es una autoridad electa por los ciudadanos y que son los propios ciudadanos quienes se oponen al Mando Único, pues aseguró que los agentes de ese cuerpo de seguridad cometa abusos.

Por la mañana, el presidente municipal dio diversas entrevistas en las que aseguró que "la controversia ya estaba presentada", aunque esto ocurrió hasta la tarde.

Consultadas al respecto, las autoridades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación explicaron que una vez recibida la controversia, a partir de este jueves se inicia un camino jurídico que podría tardar meses en resolver el recurso, primero de su tipo que llega a la SCJN.

De acuerdo con las autoridades, la procedencia o no de una Controversia Constitucional está regulada por la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución de la República; en particular los artículos 24 al 38.

Según esos artículos, una vez presentada la demanda, la presidencia de la SCJN enviará el caso a un ministro, que se designa según un turno ya preestablecido para evitar algún tipo de favoritismo en la resolución.

El ministro analizará la procedencia con base en el análisis de la legitimidad de quien lo promueve; la oportunidad para su promoción y el fundamento legal de la demanda. Si el recurso no reúne los requisitos será desechado.

En caso de que el recurso cumpla con los requisitos y sea aceptado, el ministro instructor ordenará emplazar a la parte demandada para que dentro del término de 30 días produzca su contestación, y dará vista a las demás partes.

Al contestar la demanda, el gobernador Graco Ramírez podrá reconvenir a la parte demandante; además de que el presidente municipal podría ampliar la demanda, para lo cual el plazo podría ampliarse.

Una vez que se cumple con todo el protocolo de promoción, el ministro ponente citará a las partes para el ofrecimiento de pruebas que deberán desahogarse en un plazo no mayor a 30 días.

Con base en ello, se elaborará el proyecto de sentencia que deberá presentarse al pleno sin que haya un plazo para que ello ocurra. Es decir, que podrían pasar varios meses para que el caso, si es aceptado, se resuelva.

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