Los proyectos de prestación de servicios, son contratos de largo plazo celebrados entre un ente público y el sector privado, a través del cual el inversionista privado se compromete, con recursos propios, a desarrollar alguna obra de infraestructura o a prestar servicios, y de esta manera, se incrementa la capacidad gubernamental para atender sus necesidades de infraestructura, y la obligación de proveer servicios públicos a la población.
Los PPS, de hecho, son una modalidad de Asociación Público Privada (APPs), como un subconjunto de este universo más amplio de esquemas colaborativos, que pueden incluir Concesiones, Arrendamientos, y Proyectos financiados, que pretenden aprovechar sinergias y conseguir que las inversiones sean sufragadas principalmente por el sector privado, ante los escasos recursos con los que cuentas los diferentes ordenes de gobierno y sus entes gubernamentales.
Cuando se usan estos contratos PPS como un vehículo para que el gobierno adquiera infraestructura física al termino del compromiso, tipo un contrato de arrendamiento financiero, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios, contempla un registro de “Obligaciones”, donde se deben incluir estos compromisos de pago, y se debe registrar el componente de “amortización” o de pago de capital que se incluye en el pago periódico efectuado al PPS.
De esta manera, los entes gubernamentales no tienen la necesidad de contratar deuda directa por el monto total a invertir, y obviamente les genera una serie de beneficios financieros, razón por la cual representan un vehículo extraordinario para sufragar no solo inversiones físicas de infraestructura, sino auténticos proyectos de prestación de servicios públicos.
Sin embargo, en N.L., el uso que se les ha dado a estos vehículos financieros de APPs en general, y de PPS en particular, ha sido muy escaso, ya que solo 2 proyectos han sido financiados bajo estos esquemas, uno es la Torre Administrativa, y otro, la construcción de la Agencia Estatal de Investigaciones, ambas a cargo del Gobierno del Estado, proyectos con valor original inferior a los $1,500 millones de pesos.
Otros Estados, como B.C. y el Estado de México, por ejemplo, se han apoyado en estos esquemas financieros por montos superiores a los $20 mil millones de pesos, financiando proyectos de diversa índole, desde hospitales, (construcción y equipamiento), hasta carreteras, destacando la central eléctrica fotovoltaica con una inversión de $10,848 millones de pesos, y una planta desalinizadora de agua de mar con inversión de $9,073 millones de pesos.
Si atendemos al endeudamiento que registran los organismos y empresas de N.L., lo que se encuentra es que ninguno de estos ha utilizado estos mecanismos de financiamiento, y han optado por la contratación de deuda directa, y los $29 mil millones de pesos que reportan de deuda directa, representan el 75% de toda la deuda, a nivel nacional, de los organismos y empresas estatales.
Es decir, en N,L, tanto el gobierno del estado, como sus organismos y empresas, ha optado por acudir al endeudamiento directo para financiar sus obras como el Metro, Hospitales, infraestructura carretera e hidráulica, impactando directamente los saldos de la deuda pública, la cual es la segunda más alta en el País, mientras que otros estados, han acudido a los esquemas de APPs para evitar estos impactos en los niveles de endeudamiento directo neto.
La sugerencia, entonces, es aprovechar más estos esquemas de asociaciones con particulares, y aprovechar las ventajas de registros parciales y diferidos en el tema de obligaciones financieras.