Comisionado del INAI

El caso de las y los periodistas y la divulgación de sus datos personales

La exposición de los datos de las y los periodistas que asisten a las conferencias mañaneras puede implicar un riesgo a su integridad física y patrimonial.

Definitivamente es delicada la situación que acontece a las y los periodistas que asisten a las conferencias mañaneras que da el presidente de México, quienes desafortunadamente se encuentran en estado de indefensión y vulnerabilidad, ante la publicación de sus datos personales en internet, ocurrida el pasado viernes 26 de enero de 2024. Quizá lo que más impacta es el advertir que la afectación se da sobre las bases de datos personales que están en posesión de la Oficina de la Presidencia.

Hoy dedico estas palabras en búsqueda de explicar el asunto y, con ello, sensibilizar sobre la necesidad de proteger sus datos personales, lograr empatía con las y los periodistas afectados y, por supuesto, aprender del caso para estar en condiciones de actuar en el supuesto de verse involucrados en una situación similar.

Observemos que se publicaron datos personales de identificaciones, lo que puede significar una vulneración a las bases de datos personales, que en términos simples puede deberse al robo, el acceso no autorizado, una copia no autorizada o el extravío de los datos personales en la Oficina de la Presidencia.

Lo anterior implica una afectación a la autodeterminación informativa, pues estas personas dedicadas al periodismo no decidieron publicar sus datos personales en internet, no por cuanto hace a las identificaciones y domicilios particulares; de manera grave se advierte que la exposición de todos esos datos puede implicar un riesgo a su integridad física y patrimonial, el primero ante la ubicación que de estas personas y sus familias pueda tener la delincuencia o las personas radicales que no compartan sus opiniones, y el segundo, ante un posible robo de identidad a partir del cual se les causen afectaciones de carácter económico.

¿Qué debieran hacer las autoridades? En el caso de la autoridad que sufrió la vulneración tiene 72 horas para informar a los titulares y al INAI que existió esa vulneración; con base en lo anterior, el INAI puede iniciar procedimientos de investigación y verificación, en los que ordene medidas que deba ejecutar la Oficina de la Presidencia como consecuencia de esta vulneración.

¿Qué podrían hacer los afectados?, todo titular de datos personales tiene el derecho a presentar su denuncia ante el INAI, para lo cual puede descargar formatos que le auxilien (que publica el INAI), o bien, realizarlo mediante escrito libre, incluso pueden acudir al Instituto para que les ofrezcan asesoría sobre el tema; con base en la denuncia se determinará iniciar o no la investigación y el procedimiento de verificación.

Cabe puntualizar que el INAI cuenta con la atribución de vigilar y verificar el cumplimiento de la ley, por lo que en su labor de vigilante, está atento de los acontecimientos sociales, de modo tal que a partir del conocimiento de esta vulneración, ha recibido el informe por parte de la Oficina de la Presidencia, así como algunas denuncias presentadas por las personas afectadas, ello con independencia de iniciar de oficio una investigación a efecto de deslindar las responsabilidades que correspondan.

Es un error minimizar las consecuencias de divulgar nuestros datos personales, es importante cuidar su exposición y a quién se los entregamos, pues seguro es más fácil evitar dejar copias de nuestras identificaciones en lugares en que no se necesitan, por ejemplo, en fotocopiadoras, que el tener que justificar una suplantación de identidad ante un banco, y más aún, realizar un cambio de domicilio en caso de sentirnos expuestos o que se pone en riesgo a nuestros familiares.

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