Las mexicanas hemos recorrido un largo y escarpado camino para ejercer nuestros derechos políticos. Recordemos que el sufragio femenino federal se dio apenas en 1953 y que recientemente, en 2019, tuvo lugar la reforma constitucional de “Paridad en Todo”. Hoy estamos cursando una nueva época en la que tendremos a la primera mujer presidenta de México. ¿Con eso ya ganamos?
La respuesta es variada. Claramente tener a dos mujeres candidatas nos habla de un país que ha evolucionado en materia de igualdad de género y eso a todas luces es un gran paso. Sin embargo, la batalla no está ganada. La verdadera victoria se dará con una agenda feminista que tenga como eje la perspectiva de género en todas sus políticas públicas y que busque acciones afirmativas para emparejar la cancha, romper techos de cristal, reparar escaleras rotas y quitar el pegamento del suelo para que la igualdad sea una realidad para todas las mujeres y no solamente para unas cuantas.
Ahora bien, tener a dos mujeres candidatas a la presidencia de la República nos revela un obstáculo más para atender en la agenda feminista: la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG).
Recordemos que la violencia de género ejercida contra las mujeres parte del mito misógino que reza que ellas (nosotras) y su (nuestra) actividad corresponde únicamente a los espacios privados, es decir, a la familia y al hogar. De ahí que, quienes comparten esta visión limitada y discriminatoria, echarán mano de cuanto puedan para hacernos sentir que no pertenecemos a los espacios públicos, a lugares de liderazgo o posiciones de toma de decisiones de cualquier índole. Específicamente, la VPMRG busca ejercer un control coercitivo para inhibir la participación política de las mujeres.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se modificó en 2020 para señalar que la VPMRG se actualiza, entre otras cosas, con la distribución de propaganda que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género; y/o, con la divulgación imágenes o información privada de una aspirante a un cargo de elección popular.
Por su parte, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha señalado que constituye VPMRG, aquel acto u omisión –pudiendo ser simbólico, verbal, patrimonial, económico, psicológico o sexual– que: 1. Se dirija a una mujer por ser mujer o que tenga un impacto diferenciado con afectación desproporcional en contra de las mujeres; 2. Tenga como finalidad menoscabar el reconocimiento de los derechos políticos-electorales de las mujeres; y, 3. Surja en el marco de un ejercicio público o privado, en la esfera política, cultural o en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales. De igual forma, este Tribunal ha señalado que este acto u omisión puede ser cometido por cualquier persona o grupo de personas, pero se deben analizar con mayor rigor aquellos en los que participen partidos políticos, aspirantes, candidatos o candidatas.
Esto es, la VPMRG surge desde expresiones que pasan por todo el espectro de la violencia machista, como lo son asegurar que una candidata es ‘manejada’ por algún hombre, que es ‘muñeca de ventrílocuo’, ‘regenta’ y ‘títere’, las cuales ponen en entredicho su capacidad política; hasta incidentes letales como desapariciones forzadas y asesinatos.
Tener a más mujeres en mejores puestos y tener a más mujeres en lugares de incidencia en la vida pública, no solamente es una cuestión de derechos y de justicia para quienes aspiran a ello. En realidad, garantizar la participación política de las mujeres es esencial para un Estado democrático en el que se vea reflejada y representada la mitad de la población.
Así, sea cual sea nuestra candidata, nuestro punto de encuentro será señalar, reprochar y combatir con rigor la VPMRG puesto que envía un mensaje indebido a la población y nos impide transitar hacia un futuro más justo, igualitario y democrático.