Competencia 2.0

Acciones colectivas de Cofece

Esta acción es un avance para el sistema de competencia y para la posibilidad de resarcir los daños que se generan con acciones ilegales.

Hace unos días la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) anunció que presentó la primera acción colectiva en su historia para reclamar por la vía civil los daños que generaron diversas empresas supuestamente involucradas en prácticas ilegales. El monto reclamado es de más de dos mil millones de pesos. El éxito o fracaso de este proceso será fundamental para el futuro de la política de competencia y las empresas tienen un nuevo riesgo de enfrentar este tipo de acciones de la autoridad de competencia pues se anuncia que vienen más.

Este caso se da como consecuencia de una sanción impuesta por Cofece por prácticas monopólicas absolutas. Hace algunos años la autoridad sancionó a empresas distribuidoras de medicamentos con multas por más de novecientos millones de pesos por coludirse en diversas formas. De acuerdo con Cofece, estas empresas se ponían de acuerdo en no distribuir productos a ciertas farmacias o distribuir un número menor de productos para reducir la competencia entre ellos, así como por manipular los precios. Si bien las multas fueron muy altas, el daño que se calculó por la práctica ilegal fue mucho mayor a esas sanciones y por ello ahora la autoridad da este importante paso para que las empresas resarzan el perjuicio causado a los consumidores.

El pago de daños como resultado de litigios civiles, incluyendo las demandas colectivas, por temas de competencia económica son algo muy común en países desarrollados. En Estados Unidos se calcula que ha habido más pagos por daños y perjuicios que sanciones impuestas por las autoridades y un elemento central del sistema es restituir a las víctimas. Sin embargo, este tipo de reclamos han sido algo prácticamente inexistente en nuestro país y en especial el tema de las acciones colectivas (nuestra versión de las “class actions”). Salvo por algunas acciones de Profeco en el pasado, parece ser algo que no ha funcionado porque el sistema está roto.

Muchos abogados litigantes han explicado que existen pocos incentivos en México para presentar este tipo de reclamos. Existen muchas explicaciones a esto: criterios poco claros de quién puede representar a una “clase”, de cuál es la vía para presentar estas demandas y las reglas que aplican a los procedimientos en general. Existen menos “herramientas” en el litigio para que los reclamantes (consumidores o empresas) puedan probar el caso y obtener montos que les sean relevantes. Adicionalmente, hay temas de los tiempos (prescripción) para presentar las demandas y otras cuestiones técnicas del sistema mexicano que afectan el que los particulares interpongan estas acciones. Es por todo lo anterior que la ley de competencia facultó a la autoridad a interponer estas demandas colectivas directamente y representar a los consumidores con el objetivo de cerrar el círculo con la reparación de un daño que puede ser enorme. Con esta demanda, Cofece cumple con un pendiente de muchos años para utilizar sus facultades a toda capacidad. Si bien falta mucho para ver cómo avanza este proceso, sin duda es un avance en el uso de las herramientas de competencia económica.

Las empresas tendrán que considerar este nuevo riesgo en su justa dimensión, pues no existe claridad sobre el tipo de casos en los que Cofece hará uso de esta facultad, si el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hará lo mismo y sobre todo sobre los daños que se pudieran eventualmente acreditar y otorgar. Existen también un tema de a quién se restituirá lo cobrado, pues en teoría debería ser para reponer los daños causados a los afectados, aunque la autoridad comentó que serán recursos para el IMSS como acción colectiva difusa. Esta acción sin duda es un avance para el sistema de competencia y para la posibilidad de resarcir los daños que se generan con acciones ilegales (sobre todo en carteles) en materia de competencia. Es fundamental que las autoridades utilicen sus facultades en su máximo potencial en el marco de sus límites legales.

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