Colaborador Invitado

La indispensable labor de la SCJN

La SCJN está para aplicar la norma constitucional y no para ganar un concurso de popularidad.

Oscar de Jesús Martínez Treviño, Vicepresidente nacional de Contexto Laboral, Salud y Vivienda de Coparmex

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley suprema en nuestro país.  De ella derivan las garantías individuales que gozamos los gobernados y de ella también derivan los límites fijados a los gobernantes en su actuar.

Lo que nos separa de la anarquía y el desorden es precisamente la existencia y vigencia de nuestra Constitución.  Porque hay una ley suprema de aplicación forzosa para todos es que contamos con Estado de derecho y seguridad jurídica, lo que nos permite como sociedad aspirar a vivir en paz y en armonía.

Por ello, cuando un acto de autoridad pretende pasar por encima de la norma constitucional, la misma ley suprema concede al afectado el derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales a pedir su protección mediante la invalidación del acto violatorio.  Sin esta garantía de aplicación, las normas constitucionales no serían más que un catálogo de buenos deseos.

De ahí la gran responsabilidad que tiene nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación.  El éxito de su función no puede ni debe medirse por la popularidad de sus decisiones sino por el apego de su actuar al mandato constitucional que tiene encomendado y que consiste en ser garante de nuestro Estado de derecho.

En este contexto hay que entender la decisión tomada por nuestro máximo tribunal el pasado 8 de mayo, cuando con el voto mayoritario de 9 de sus 11 ministros, decidió invalidar la primera parte del llamado Plan B de la reforma electoral.

Al hacerlo, nuestra SCJN sólo cumplió con su responsabilidad.  Queda claro que, como cualquier árbitro en una disputa, sus decisiones no siempre serán populares para todos los involucrados.  Pero de eso se trata.  La SCJN está para aplicar la norma constitucional y no para ganar un concurso de popularidad.

Y es por ello por lo que tanto se cuida la designación de los ministros de la SCJN.  Estos se eligen por una mayoría calificada de dos terceras partes de la Cámara de Senadores de entre una terna propuesta por el jefe del Ejecutivo Federal por haber “servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia” o por haberse “distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”.

Sin lugar a duda, lo que a todos nos conviene es contar con una Corte que aplique la norma constitucional sin importar si sus decisiones son o no populares; una Corte que esté por encima de intereses particulares o de grupo; una Corte de abogados honorables y técnicamente capaces.

Resulta por esto de suma gravedad la propuesta que, ante una decisión contraria a sus intereses, impulsa ahora el Ejecutivo Federal y que se ha dado en denominar el “Plan C”, consistente en obtener la mayoría calificada en el Congreso de la Unión en las elecciones del 2024 para con ello poder reformar la Constitución a su antojo.

Error gravísimo, no solo el hecho que desde el poder se llame a votar en bloque por un solo partido, sino que además se anticipe desde ya que antes de concluir su mandato presentaría una reforma constitucional a fin de que los ministros de la SCJN fueran electos por el voto del pueblo.

La SCJN está siendo atacada.  Un día sí y otro también se le critica desde el púlpito del poder.  Afortunadamente, sus ministros han resistido y han cumplido con su alta responsabilidad de ser garantes de nuestra Constitución.

No permitamos que sigan los ataques a nuestro máximo tribunal y mucho menos permitamos una modificación constitucional que ponga a la SCJN, no en manos de los más aptos profesionales del derecho, sino en manos de los más populares mercenarios del voto.  Una situación así sería, simple y llanamente, el principio del fin de nuestro Estado de derecho.

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