Colaborador Invitado

Inspecciones serán esenciales para concretar cambios laborales

La STPS emitió un comunicado que reafirma la tendencia de otorgar mayores responsabilidades a los organismos de vigilancia del cumplimiento de las normas de trabajo y de seguridad social.

Ernesto de la Puente, abogado experto en Derecho Laboral de Santamarina Steta

El 23 de noviembre de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió un comunicado en el que exhorta a las empresas contratistas sujetas al “Registro de prestadores de servicios especializados u obras especializadas” (REPSE), a dar cumplimiento voluntario a diversas obligaciones en materia de seguridad social, como parte de la segunda fase del programa piloto en el que dicha dependencia comparte información y actúa de forma coordinada con el IMSS para vigilar y sancionar a los contratistas que hubieran tenido un resultado de “Negativa” o de “Sin opinión” en la consulta de Opinión del Cumplimiento de Obligaciones en materia de Seguridad Social, al momento de tramitar el REPSE.

Dicho comunicado reafirma la tendencia de otorgar mayores responsabilidades a los organismos de vigilancia del cumplimiento de las normas de trabajo y de seguridad social, que se ha generado como consecuencia de los múltiples cambios, especialmente respecto a las siguientes obligaciones:

1.- Vigilancia sobre el cumplimiento de las disposiciones de teletrabajo, que se había pospuesto hasta la existencia de una norma oficial mexicana aplicable (NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo).

Dicha norma obligará a la STPS (entre otros aspectos) a revisar el actuar de las comisiones de seguridad e higiene respecto a la certificación de cumplimiento de condiciones de seguridad e higiene en el domicilio de los teletrabajadores o el llenado de la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la constatación de dichos datos por medio de video o fotografías.

2.- Revisión de la obligación de renovar el REPSE cada 3 años, sobre aquellos subcontratistas de servicios especializados que tramitaron sus registros dentro del periodo de 90 días que otorgaba la reforma de subcontratación.

3.- Vigilancia sobre el cumplimiento de los eventuales cambios a la constitución y la legislación secundaria laboral en materia de reducción de jornada máxima, cuya aprobación debería culminar en el siguiente periodo de sesiones, tras obtener la mayoría calificada del Congreso y de las legislaturas estatales, y que también representará una carga mayor sobre la STPS, no solo en 2024, sino en los años subsecuentes.

Todos los aspectos anteriores, se suman al complicado trabajo que tienen los funcionarios públicos de la STPS que pertenecen a la dirección de inspección del trabajo y aquellos que coadyuvan a la labor de vigilancia adscritos al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, quienes con un presupuesto limitado (que se enfoca en su mayoría al programa de “Jóvenes construyendo el futuro”), vigilarán en 2024 no solo las obligaciones enlistadas, sino también los procesos de consulta de revisión de contratos colectivos de trabajo, la revisión de cumplimiento de obligaciones en materia de libertad sindical y negociación colectiva como consecuencia de las constantes quejas en el marco del T-MEC y la vigilancia regular de las normas del trabajo, que incluyen el aumento a los salarios mínimos para el próximo año.

De verdad espero que el Gobierno Federal no deje de lado esta importante labor, pues sin una estrecha vigilancia del cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social lo único que generarán los cambios legislativos será una mayor informalidad.

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