Colaborador Invitado

Designación para SCJN debe abstraerse de afinidades

La elección de la nueva integrante de la Suprema Corte debiera pasar por un análisis riguroso en cuanto a las fortalezas técnicas de las candidatas, y no por aspectos políticos o de simpatías.

Andrés Rodríguez Rodríguez, experto en Derecho laboral y constitucional de Santamarina Steta, S.C.

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Senado de la República una “nueva” terna de candidatas para ocupar la vacante en la Suprema Corte de Justicia de la Nación tras la renuncia de Arturo Zaldívar como ministro y después de que la Cámara Alta, rechazara su primera propuesta.

En esta nueva terna, el presidente Andrés Manuel López Obrador retoma a Bertha María Alcalde Luján y Lenia Batres Guadarrama, e incluyó a María Eréndira Cruzvillegas Fuentes, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura, en sustitución de María Estela Ríos, actual consejera jurídica de la Presidencia de México. Algo que resulta común entre todas ellas es su clara afinidad política con el Presidente de la República.

A partir de que el Presidente envió esta nueva terna (1 de diciembre de 2023), el Senado tendrá 30 días improrrogables para definir, a la persona que ocupe un asiento en el órgano supremo de impartición de justicia y, de no hacerlo, será el Presidente quien elija al sucesor de Arturo Zaldívar, lo que preocupa ya que el Presidente valora en un 90 por ciento de lealtad y el 10 por ciento de eficacia de conocimiento, por lo que la decisión será muy trascendente.

En este sentido, y a pesar de que todo el proceso tiene un fuerte tinte político, los ministros de la Suprema Corte, deberían de abstraerse de afinidades políticas e impartir la justicia de una manera imparcial, pronta y expedita. Uno de los flagelos más dañinos para nuestro país es, precisamente un sistema de impartición de justicia lleno de errores y, muchas veces corrupción, por lo que México ha sido criticado en diferentes foros internacionales en varias materias legales. De ahí la trascendencia de esta designación.

Por ello, considero que la elección de la nueva integrante de la Suprema Corte de Justicia debiera pasar por un análisis riguroso en cuanto a las fortalezas técnicas de las candidatas, y no por aspectos políticos, populares o de simpatías de clan

¿Cómo se designará a la nueva ministra de la segunda terna?

El oficio entregado por el Ejecutivo destaca que los artículos 89, fracción XVIII, y 96 de la Constitución Política establecen que es facultad del Presidente de la República someter a consideración de la Cámara de Senadores la terna para la designación de los ministros de la SCJN.

Tras ser rechazada la primera propuesta presentada por el Ejecutivo. El artículo 96 de la Constitución Política dispone que, para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una segunda terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al ministro que deba cubrir la vacante.

El nombramiento se definirá con el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes en el Pleno, dentro del plazo de 30 días, que es inaplazable.

En caso de que la Cámara de Senadores rechace esta segunda terna propuesta, ocupará el cargo la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.

Con la nueva designación, el Máximo Tribunal contará con 5 mujeres ministras de un total de 11 que integran el Pleno, lo que me parece muy digno de resaltar.

Es posible que, acelerando el proceso, la votación sea la siguiente semana, previo al cierre del periodo de sesiones del Congreso de la Unión. Veamos cómo se cierra esta historia.

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