En un Estado de derecho, la independencia judicial deriva de la separación de poderes, que implica, entre otras cosas, la autonomía presupuestaria del Poder Judicial.
Un estudio internacional sobre mecanismos de administración judicial concluye que “mientras más control tiene el Poder Judicial sobre las distintas etapas del proceso presupuestario, es más probable que exista independencia judicial”.¹ El resultado parece obvio, pero su implicación no es trivial: sin autonomía presupuestal, la independencia judicial se pone en riesgo.
El Banco Mundial² reconoce el reto de armonizar el objetivo de incrementar el control sobre las instituciones que ejercen recursos, por parte del Poder Ejecutivo, con el del Poder Judicial, que busca ejercer su autonomía en sus decisiones y en su administración. Esta tensión entre poderes es más evidente durante los procesos de aprobación de recursos y la rendición de cuentas y deriva en cuestionamiento sobre el uso eficiente de recursos en el Poder Judicial.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) publicó recientemente los informes individuales de la revisión a la Cuenta Pública 2022.³ Tras revisar el 95.5 por ciento del presupuesto ejercido por el Tribunal Electoral ese año, no emitió observaciones ni recomendaciones sobre ningún pago, contrato o peso ejercido.
La ASF constató que el dinero se ejerció conforme a la normatividad; que hubo un control eficaz presupuestal y contable; que existen mecanismos para procesar quejas y denuncias; que existen portales de transparencia proactiva en materia financiera, de adquisiciones y de publicidad gubernamental; que los pagos de nómina se hicieron conforme a lo autorizado; que los estados financieros cumplieron con la ley. Solo emitió tres recomendaciones para actualizar la normatividad interna, tarea permanente de cualquier institución pública.
En resumen, la ASF encontró que en 2022 el gasto en el Tribunal se ejerció con responsabilidad e integridad. La autonomía presupuestal no interfirió con el cumplimiento de las obligaciones de rendición de cuentas, ni facilitó decisiones discrecionales.
Seguramente hay margen de mejora en la administración de recursos, pero ninguna propuesta de reforma que se plantee deber atentar contra el principio de autonomía, indispensable a su vez para garantizar la independencia judicial.
1. Rosselli, Alexander (2020) “Judicial Independence and the Budget: A Taxonomy of Judicial Budgeting Mechanisms,” Indiana Journal of Constitutional Design: Vol. 5, Article 2. Disponible en: https://www.repository.law.indiana.edu/ijcd/vol5/iss1/2
2. Weber, David (2007) “Good Budgeting, Better Justice: Modern Budget Practices for the Judicial Sector” Law and Development Working Paper Series: No. 3. The World Bank. Disponible en: http://documents1.worldbank.org/curated/en/225991468167380812/pdf/394770LDWP31BudgetPractices01PUBLIC1.pdf
3. Disponible en: https://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2022_0382_a.pdf