Cada proceso electoral es una sucesión precisa de actividades que deben concatenarse para que todo esté dispuesto en el momento indicado y que podamos acudir a votar. Lo mismo aplica para que quienes quieran competir conozcan con toda antelación los plazos y las condiciones que deben cumplir a efecto de registrarse y desplegar sus actividades.
De lo que se trata es de tener certeza, que las reglas y tiempos sean conocidos para asegurar equidad en la contienda y contribuir a garantizar que las reglas del juego se respeten.
La semana pasada, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del INE en el que se estableció que el periodo de precampañas federales (aquel en el cual los partidos políticos definen sus candidaturas a la presidencia de la República, a las 128 senadurías y las 500 diputaciones) iniciaría el próximo 5 de noviembre, cuando la ley establece que eso debería suceder durante la tercera semana de dicho mes.
El que el INE haya acordado un calendario distinto al previsto en la ley no es algo extraordinario, lo ha hecho en otras ocasiones con el propósito de hacer factible que diversas atribuciones, obligaciones y derechos se puedan desplegar y materializar.
Recuerdo que en 2014, recién aprobada la reforma electoral que confirió al INE en exclusiva la tarea de fiscalización del origen y destino de los recursos usados para actividades político-electorales (antes de esa reforma, el IFE sólo se encargaba de lo concerniente a las elecciones federales), caímos en cuenta en algo que el legislador no consideró al aprobar las nuevas reglas: los tiempos.
Vamos, por partes, aquella reforma fue de gran calado y entre otras cosas profundizó en las consecuencias de la fiscalización, de manera tal que incumplir con lo dispuesto en la materia (rebasar los topes de gastos de precampaña y campaña o no entregar informes) podría traer como consecuencia anular registros de candidaturas o hasta un triunfo electoral.
Pero para que lo anterior sea posible, los dictámenes de fiscalización tienen que entregarse en plazos muy breves (el INE tiene 45 días después de la jornada electoral para ello) a efecto de que el desahogo del litigio correspondiente concluya antes de que el funcionario electo asuma formalmente el cargo. Si no fuera así, la sanción se quedaría sin materia.
Esto que parece sólo requerir una programación lineal en un calendario se vuelve complejo si consideramos, entre otras cosas, que cada instituto electoral (OPLE) en las 32 entidades del país tiene facultades para aprobar el calendario para las elecciones locales.
Hace nueve años, al momento de elaborar el proyecto de calendario para la fiscalización, nos encontramos con un rompecabezas imposible de ensamblar, las fechas para el inicio y término de las diversas etapas de los procesos electorales no coincidían.
La única solución formal era hacer uso de la facultad de atracción del INE para homologar calendarios, pero eso no podía hacerse de una manera arbitraria, la consideración de las lógicas y normas locales era fundamental, ya que una ‘solución’ pensando sólo en lo federal podría traer como consecuencia un galimatías local y si una lección a ese nivel sale mal compromete a la federal.
A la solución formal hubo que agregar dos tareas, conversaciones con los OPLE para conocer sus razones y límites, y diversas reuniones de trabajo con las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral —instancia que resuelve en definitiva cualquier diferendo— para buscar una salida operable que fuera compatible con lo dispuesto constitucional y legalmente.
La historia tuvo un final feliz y se logró, después de elaborar múltiples escenarios, construir un modelo que posteriormente se aplicó con ajustes a sucesivas elecciones, aunque en cada caso la regla de consultas al Tribunal, a los OPLE y a los partidos políticos se siguió puntualmente, ya que “cada elección es distinta”, como bien me enseñaron los experimentados funcionarios electorales que me recibieron en el IFE en 2008.
Volviendo a nuestro presente, el TEPJF ordena al INE elaborar un nuevo calendario para que el periodo de precampañas inicie durante la tercera semana de noviembre y concluya a los 60 días como está dispuesto en ley. Todo en atención a la queja de un partido político que alegó que sus derechos se vulneraban al tener que adelantar los tiempos para seleccionar su candidatura a la presidencia de la República, ya que las dos futuras coaliciones electorales no tienen ese problema, puesto que quienes serán sus candidatas ya fueron seleccionadas en un lapso que se inventaron para esos efectos con la venia de las autoridades.
Tampoco es inusual que el Tribunal revoque decisiones del INE. Lo que llama la atención en este caso es que suceda a estas alturas del proceso electoral y las consecuencias que esa decisión puede tener para que las tareas de fiscalización se realicen en tiempo y forma, y además para que los OPLE realicen sus tareas.
Lo que es seguro es que esta decisión tendrá que impactarse en el calendario originalmente previsto. Esperemos que esto se atienda a la brevedad y en las mesas de trabajo con los distintos actores. De lo que se trata es de la certeza, esa que da credibilidad y legitimidad a los resultados electorales y más tratándose de dinero, de su origen y del impacto sobre la equidad.
POSDATA:
Una vez más la Comisión de Quejas del INE determina que el presidente de la República viola la Constitución y le ordena que despliegue una cortinilla en la que se explica el carácter de esos “informativos” y cómo los mismos deben estar sujetos al principio de neutralidad que debe caracterizar al presidente. Y una vez más López Obrador se burla de lo que se le ordena, adosando a lo dispuesto por la autoridad, un: lo que aquí se diga no está dirigido a ustedes conservadores. Más allá del cinismo presidencial, el problema es que su ejemplo cunde, como ya lo habíamos previsto, y ahora la virtual candidata del oficialismo sigue sus huellas y en las concentraciones públicas a las que acude, sin recato alguno, llama a votar por ella y por la continuidad del proyecto gubernamental controvirtiendo todo lo dispuesto para la etapa electoral que transcurre. El actuar de los actores políticos sigue imponiéndose a las reglas.
El autor es exsecretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).