Comisionada del Inai

La protección de datos personales y la participación ciudadana

El derecho a la protección de datos personales cobra especial relevancia cuando se trata de temas electorales.

La coyuntura actual de la participación ciudadana y la protección de datos personales nos obliga también a hablar sobre los desarrollos y avances tecnológicos, como el Internet, los teléfonos inteligentes, las aplicaciones y las redes sociales, entre otros, ya que éstos han permitido acercar el quehacer gubernamental a los ciudadanos de una forma que no podíamos ni imaginar hace diez o veinte años. Está claro que el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación permiten a las personas conocer cada vez más a sus gobernantes, mediante mayor y mejor información al momento de tomar decisiones.

Sin embargo, esta nueva era digital y sus tecnologías también implica riesgos y problemáticas específicas para la sociedad, tal es el caso del tratamiento indebido de datos personales con finalidades políticas, que puede derivar en la propagación de información falsa o engañosa por parte de los candidatos, representantes de partidos políticos, simpatizantes y medios de información poco serios, o bien, por parte de los contrarios políticos, generando lo que comúnmente denominamos desinformación. Más aún cuando se trata de datos personales sensibles, ya que el riesgo es doble por su propia naturaleza.

Esta desinformación podrá tener serias implicaciones para la democracia y el ejercicio libre e informado de los derechos políticos, por ello, se han abierto grandes cuestionamientos relacionados con el tipo de límites y controles que deben existir en cuanto al debido tratamiento de los datos personales para fines de mercadotecnia electoral y la diseminación de información a través de las plataformas de Internet.

Por principio, el concepto de tratamiento de datos personales es muy amplio, abarca desde su obtención y almacenamiento, hasta su transmisión, uso, aprovechamiento, difusión, entre otras acciones, por lo que cualquier tratamiento de datos personales por parte de una persona física o jurídico colectiva, incluidas todas aquellas que participen en los procesos electorales, requieren del cumplimiento de obligaciones legales específicas en su carácter de responsables, que van desde la puesta a disposición del Aviso de Privacidad, hasta la implementación de medidas de seguridad técnicas, administrativas y físicas y la reingeniería de procesos con el objeto de cumplir con cada uno de los principios y obligaciones que establece la norma.

Mientras más datos sean objeto de tratamiento, mayores serán las obligaciones para su protección, y aumentará el riesgo de que ocurra una vulneración a la seguridad de los datos personales; por ejemplo, para garantizar la seguridad de los datos personales que obran en el padrón electoral, el cual incluye datos biométricos, las medidas que se deben adoptar son robustas y con sistemas sofisticados.

El derecho a la vida privada como el derecho a la protección de datos personales, por lo que se refiere a la capacidad de autodeterminación informativa de las personas, cobra especial relevancia cuando se trata de temas electorales, dado que permite a las personas determinar qué tipo de información recibir y qué información personal puede ser utilizada para fines de propaganda electoral.

Por ello, es indispensable que como autoridades y organismos garantes propiciemos que los ciudadanos estén plenamente conscientes de las condiciones y particularidades del tratamiento que se realiza de su información por parte de todos los participantes en el juego electoral, quienes, ciertamente, están obligados al cumplimiento de los principios y deberes establecidos por la normatividad en la materia. La protección de los datos personales es fundamental para la democracia.

La autora es comisionada del INAI.

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