Comisionada del Inai

Datos: insumos para solventar la crisis de desaparecidos en México

Comenzará a operar el Banco Nacional de Datos Forenses, herramienta que podrá ser consultada bajo ciertos criterios, como el nombre, perfil genético, huellas dactilares, entre otros.

Comisionada del INAI

Próximamente comenzará a operar el Banco Nacional de Datos Forenses, una herramienta del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas que concentrará información relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas y restos humanos. El inicio de operaciones de esta herramienta se ubica en una coyuntura de crisis en la materia, pues según datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, al 19 de mayo de 2023, se tiene registro de 111 mil 432 personas desaparecidas y no localizadas.

La Fiscalía General de la República (FGR) estará a cargo de su operación, que integrará diversas bases de datos de las Entidades Federativas y de la Federación, mismas que se interconectarán y estarán actualizadas en tiempo real. Indudablemente, esto es una buena noticia y representará un importante esfuerzo colaborativo pues vinculará bases, registros y sistemas que incluyen datos tales como: los restos de personas no identificadas y no reclamadas, información sobre las fosas comunes y clandestinas, un registro de información genética, la Alerta Amber, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, datos sobre las detenciones y antecedentes criminales, y diversos sistemas que recopilarán datos personales y biométricos.

Además de la información pericial y forense, el Banco deberá contar con una base de datos de información genética tanto de las personas víctimas, como de sus familiares. Esta herramienta podrá ser consultada por las autoridades competentes, así como por las víctimas, familiares y demás personas legitimadas, por conducto del Ministerio Público a cargo de la investigación, a través de un procedimiento automatizado bajo ciertos criterios, como lo son, el nombre, perfil genético, huellas dactilares, entre otros.

Así, a partir de dichos criterios de búsqueda, es posible obtener información susceptible de constituirse como datos personales, ya que refieren a una persona física haciéndola identificada o identificable, haciendo posible determinar la identidad de su titular. De ahí, una muestra de la utilidad que representan los datos personales en casos reales como estos, en correspondencia con el derecho a la identidad, como un derecho humano, y su restitución a los cuerpos y restos que carecen de ella.

En este contexto, resulta importante señalar que la protección de datos personales es un derecho cuya instrumentación implica aspectos altamente técnicos; mecanismos de protección que se encuentran definidos en la normativa en materia de datos personales, los cuales son útiles para que la población cuente con un amplio espectro de medidas preventivas y correctivas frente a eventuales tratamientos de datos que pudieran afectar sus derechos. Si bien en el ámbito consultativo, el INAI puede otorgar asesoramiento especializado para prevenir afectaciones; también debe decirse que, la falta de quórum para sesionar por parte del Pleno del Instituto limitaría que la protección de los datos pueda darse a plenitud.

Esto, porque eventualmente, en un escenario donde las autoridades pudieran incurrir en posibles afectaciones a los derechos de los titulares y que solamente pudieran ser observadas a través del ejercicio de los derechos ARCO o mediante denuncias, la garantía de los derechos de las personas podría verse vulnerada.

Por lo tanto, es necesario un Pleno del INAI completo, a fin de valorar en definitiva cualquier posible violación o inclusive, identificar aspectos que salgan de la normalidad, y que requieran la interposición de acciones de inconstitucional o controversias constitucionales para evitar la implementación de medidas que sean contrarias con el principio del derecho a la protección de los datos personales.

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