Por alguna razón, que de momento no se alcanza a percibir, hasta ahora todo parece indicar que los principales dirigentes de la oposición no han caído en la cuenta de que el presidente López Obrador y sus aliados tienen ya diseñada una estrategia a seguir para la etapa final del proceso electoral, que es la relativa a la calificación de las elecciones, en particular de la presidencial.
En efecto, ha sido notorio el silencio y la pasividad de los dirigentes nacionales oposicionistas, incluidos los líderes parlamentarios y los coordinadores de campaña, en relación con la estrategia oficialista, cuya orquestación de hecho ya ha iniciado, como adelante veremos. Es posible que soslayar el hecho obedezca a una táctica política para no poner al descubierto algún eventual antídoto que anule la maniobra oficialista.
¿De qué se trata? De que cuando llegue el momento de calificar la elección presidencial, ya instaladas las nuevas legislaturas en ambas cámaras del Congreso, en el caso de no ganar esa elección o ganarla por una mínima diferencia, Morena dé un manotazo que impida oficializar su derrota.
El antecedente es como sigue: el artículo 99 de la Constitución General de la República establece que “la Sala Superior (del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF) realizará –dice– el cómputo final de la elección de presidente… procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de presidente electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos”.
De acuerdo al mismo precepto constitucional, la Sala Superior del TEPJF se integra por siete magistrados electorales, los cuales “serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte”.
Pues resulta que dos de los siete magistrados electorales que integran la Sala Superior concluyeron el periodo de su encargo el pasado 31 de octubre. Unos días después, la Suprema Corte presentó al Senado el par de ternas para que éste, por la mayoría calificada establecida por la Carta Magna, eligiera a los dos magistrados faltantes.
Ha transcurrido desde entonces casi medio año y la mayoría numérica de Morena y sus aliados literalmente han arrastrado los pies y no se ha nombrado a ni un solo magistrado. Si a más tardar el 30 de abril, en que termina el periodo ordinario de sesiones –y de hecho termina también la actual Legislatura— no los nombra, se llegará al momento de calificar la elección presidencial con una Sala Superior del TEPJF integrada por sólo cinco magistrados. Con este número, es cierto, puede esa sala sesionar válidamente.
Salvo cuando se trate de hacer el cómputo final de la elección presidencial, declarar que ésta ha sido válida y declarar al presidente electo, que será el candidato que haya obtenido más votos. Caso en que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los términos de su artículo 167, párrafo quinto, la Sala Superior “deberá sesionar con la presencia de por lo menos seis de sus integrantes”. ¿Cómo podrá ser esto, si sólo cuenta con cinco?
Algunos analistas han opinado que este obstáculo es salvable. No es cierto. Si bien la ley previene un mecanismo de sustitución cuando falte un magistrado, este mecanismo aplica cuando se trata de salas regionales del TEPJF, pero tratándose de la Sala Superior, no, cuando la falta obedezca a la “ausencia definitiva” de uno o más magistrados, concepto diferente a “vacante definitiva” o a “ausencia temporal”. La diferencia parece mínima y aun insignificante, terminológica y conceptualmente, quizá por sutil, pero no lo es, en particular si se considera que la materia electoral es de ‘estricto derecho’ y el asunto muy importante y grave, pues se trata nada menos que de la elección presidencial.
Por si Claudia Sheinbaum pierde la elección, o la gana por margen mínimo, fácilmente combatible mediante impugnaciones por las numerosas infracciones, irregularidades y abusos en que ha incurrido a lo largo de dos años, la coartada de Morena consistirá en señalar la inexistencia jurídica del órgano facultado para declarar válida –y ni siquiera inválida— la elección presidencial. Vendrá entonces el limbo político, que fácilmente podrá derivar en severa crisis política.