¿Cuántos sellos de advertencia aparecen en los puestos de tortas de tamal que hay en cada esquina? ¿Qué restricciones a la publicidad enfrentan los restaurantes de pozole (uno de los platillos más calóricos de nuestra gastronomía, con hasta 800 calorías por porción)? ¿Cuánto IEPS pagaron las “papas de carrito” que se ofrecen impunemente afuera de las escuelas?
Exactamente. Cero.
Sucede que la política contra la obesidad no es una estrategia basada en criterios científicos; si así fuera, tendríamos mecanismos para advertir a la población que los antojitos tradicionales pueden ser tan peligrosos como los alimentos ultraprocesados. Habría restricciones claras y universales para la venta de comida chatarra dentro y fuera de las escuelas, y existirían impuestos para todos los productos hipercalóricos sin importar si provienen de una fábrica o de una fonda.
La supuesta guerra contra la obesidad es en realidad una campaña cargada de ideología, una manifestación del trasnochado sueño marxista de la lucha de clases; es la venganza desde el poder contra Bimbo, FEMSA y todo el sector empresarial que fue percibido como un “adversario” de la Cuarta Transformación. Así lo deja ver el reciente artículo escrito por Hugo López-Gatell titulado “Salud pública: los adversarios y sus cómplices”, donde tira indirectas a los funcionarios que osan escuchar los reclamos del sector alimentario ahogado en regulación.
Desafortunadamente, la nueva administración a cargo de Claudia Sheinbaum ha heredado esta política y tiene la encomienda de endurecerla. Este año está programada la entrada en vigor de la tercera etapa de la norma de etiquetado de alimentos y bebidas (NOM-051) que reducirá aún más los umbrales permitidos de azúcares, sodio y calorías, lo que multiplicará la cantidad de productos con sellos de advertencia. Irónicamente, en los datos más recientes, más del 70% de los productos en el supermercado ya ostentan al menos un sello, lo cual sugiere que el sistema dejó de diferenciar y empezó a saturar.
Aunado a ello, las autoridades sanitarias publicaron recientemente el anteproyecto de lineamientos que los fabricantes de alimentos y bebidas deberán observar para publicitar sus productos en cine, televisión e Internet. Esta nueva regulación exige permisos por cada anuncio, incluso en redes sociales, de productos que contengan sellos de advertencia. Una dinámica que hundirá la publicidad legal en el pantano de la burocracia.
Nadie podría quejarse de estas medidas si estuvieran dando los resultados prometidos. Pero las cifras oficiales —de la ENSANUT y del propio INSP— muestran que la estricta regulación publicitaria impuesta a la industria formal desde el sexenio pasado no ha servido para reducir los índices de obesidad y sobrepeso en la población mexicana. Entre 2016 y 2022, la obesidad en adultos no disminuyó ni un solo punto porcentual: pasó de 36.1% a 37.1%, mientras que en niñas y niños de 5 a 11 años subió de 33.2% a 37.3%. Es decir: más regulación, mismos resultados.
Lo mismo sucedió en Chile, el país que fue pionero en la implementación de sellos de advertencia. Pero incluso allá, con más años de aplicación y mayores restricciones, la obesidad siguió creciendo. Los mismos estudios académicos chilenos lo reconocen: los sellos ayudan a reducir el consumo de ciertos productos, pero no han frenado la curva de obesidad, que sigue en ascenso.
Tal vez si dejáramos de ver al sector formal como un adversario al que debe acorralarse, podríamos empezar a involucrarlo en la implementación de soluciones. Hoy el piso no está parejo: castigamos con impuestos a la industria formal, mientras ignoramos que el 57% del consumo alimentario diario en México proviene del sector informal, donde no hay etiquetado, ni control sanitario, ni mucho menos regulación calórica.
Post scriptum: Esta semana la Suprema Corte resolverá el afamado pleito entre Heineken y Grupo Modelo por las cervezas ULTRA. Grupo Modelo asegura que Heineken copió la imagen comercial de su exitosa cerveza Michelob ULTRA. Gane quien gane, nuestros ministros no deben cometer el error de sostener que se requiere un registro de imagen comercial para demandar en estos casos. Esos formalismos son cosa del pasado y son incompatibles con el T-MEC.