CIUDAD DE MÉXICO.- Si el ruido de tus vecinos te incomoda, ya podrás denunciarlos sabiendo que ahora sí serán sancionados.
La Secretaría del Medio Ambiente del DF publicó ayer la nueva norma de límites máximos permisibles de ruido, en la que incorporó el concepto de "punto de denuncia" para establecer el umbral de decibeles a partir del cual los vecinos pueden quejarse con la autoridad.
A partir de marzo del próximo año, las denuncias por ruido excesivo tomarán en cuenta el sonido que se percibe en el interior de las casas u oficinas de los capitalinos provenientes de establecimientos mercantiles o de viviendas aledañas.
Desde 2012, las denuncias por ruido ante la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) ocupan el segundo lugar por contaminación ambiental causada por comercios u obras.
El nuevo concepto le da validez jurídica a las mediciones de sonido desde el interior de los domicilios de los denunciantes, pues hay casos en que los antros inhiben el ruido hacia su fachada, pero por la parte de atrás del local no hay barreras para minimizar el sonido.
El punto de denuncia se refiere al sitio en el interior de un inmueble desde el que el denunciante percibe la mayor molestia por ruido.
Es "un punto de medición, el cual deberá ubicarse a partir del lugar en el que el denunciante percibe la mayor molestia en el inmueble que habita, labora o desarrolla alguna actividad, siempre y cuando sea posible ubicarlo y el denunciante permita el acceso para medir en él. Este punto será utilizado con el fin de determinar el cumplimiento de los límites máximos permisibles de recepción", dice la nueva norma.
En la norma anterior, vigente desde 2006, dicho concepto no existía, pero en la publicada este lunes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se establece que el ruido máximo que puede percibirse desde el "punto de denuncia", al interior de una casa u oficina, entre las 6 de la mañana y 8 de la noche, será de 63 decibeles; y de 60 decibeles entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana.
Al exterior, los umbrales de ruido se mantienen como en la norma del 2006, en 65 decibeles durante el día y 62 decibeles durante la noche.
En 2014, la PAOT acumuló 715 casos que equivalen al 20.88 por ciento de las quejas recibidas, sólo superadas por las violaciones al uso de suelo urbano, que sumaron mil 268 denuncias que representan el 37.03 por ciento de casos conocidos por esa autoridad.
En 2013 las denuncias por ruido ante la PAOT sumaron 592 (18.51 por ciento) y en 2012, hubo 479 (20.32 por ciento).
¿EN DÓNDE DENUNCIAR?
La PAOT no es la única instancia ante la que se puede denunciar el ruido, pues de acuerdo con la Ley de Cultura Cívica del DF, también se puede acudir ante la Policía capitalina, la Procuraduría Social (Prosoc) o a un Juzgado Cívico para denunciar a vecinos ruidosos.
A diferencia de la PAOT, la Prosoc no tiene estadísticas de los motivos de las quejas que atiende.
De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica, generar ruido excesivo que atente contra la tranquilidad o salud de las personas es una infracción castigada con multa de 10 a 40 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente o arresto de 13 a 24 horas.
DAÑOS A LA SALUD
La norma argumenta que según la Organización Mundial de la Salud, los efectos causados por el ruido van desde los sobresaltos corporales, dolor de cabeza, vasoconstricción, variación de la presión arterial, cansancio crónico, cardiopatía, neurosis y depresión e inclusive sordera.
Además, el ruido cerca de las escuelas afecta diversos procesos cognitivos: a más de 40 decibeles, se dificultan las actividades de cálculo; a los 50, disminuye la eficiencia; a los 55 decibeles se entorpece la memoria; a partir de los 60, aparece la dificultad para captar información auditiva; a los 64, se produce el lento aprendizaje y a los 70, aparecen problemas de comprensión lectora.